Desde el departamento Jurídico de Solidaridad, indican que lo que se ha omitido durante la negociación por parte de la Administración, Patronal y representación sindical es que los trabajadores que siguen afectados por los ERTE hasta el 31 de enero de 2020, «no tendrán derecho a que no se les descuenten su prestación de desempleo durante los meses del 1 octubre 2020 a 31 de enero de 2021, si son despedidos o se les extingue su contrato temporal, después del día 2 de enero de 2022». Es decir, los trabajadores afectados perderán 4 meses del desempleo del acumulado que tenían protegido desde la entrada en vigor del Estado de Alarma, el 14 de marzo de 2020. De este modo, los empleados que se encuentren hoy en ERTE y, por cualquier causa, sean despedidos o su contrato finalice después del 1 de enero de 2022, verán reducido su derecho en el tiempo a su prestación por desempleo.
Así lo indica el Real Decreto en su punto 7, en el artículo 8, donde queda reflejado: «No se computarán en ningún momento como consumidas las prestaciones por desempleo disfrutadas, durante los expedientes referidos en el apartado 1 de este artículo, por aquellas que accedan a un nuevo derecho, antes del 1 de enero de 2022, como consecuencia de la finalización de un contrato de duración determinada o de un despido, individual o colectivo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o un despido por cualquier causa declarado improcedente». Así, por ejemplo, un trabajador que siga en ERTE hasta el 15 de noviembre de 2020 y que sea despedido el 2 de enero de 2022, perderá la parte correspondiente a un mes y medio de derecho de prestación de paro sobre el total del paro. Ante esto, Solidaridad ha mostrado su «absoluto rechazo al engaño», por parte de los sindicatos y del Gobierno, «al haber omitido esta información a los trabajadores de España». Para el portavoz del sindicato Solidaridad, Rodrigo Alonso, se trata de «un nuevo ejemplo de abandono».
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